UNAM

martes, 30 de junio de 2009

UDLAP. Breves Informativas. Entra en vigor Ley antitabaco en Puebla, la capital es la segunda ciudad del país con más fumadores

Académica de la UDLAP confía en que esta ley no afecte la economía del estado

Hasta 10 mil días de salario de multa si se incumple la normatividad

Cholula, Puebla a 30 de junio de 2009.- “La Ley antitabaco entra en vigor este 1 de julio en Puebla, medida que es muy bien aceptada por la sociedad, pues según encuestas, la mayoría de la gente está a favor de que se implemente”, afirmó la maestra Guadalupe Rocha Gutiérrez, profesora de tiempo completo del departamento de Turismo de la Universidad de las Américas Puebla. La académica de la UDLAP informó que esta nueva ley se aplicará en lugares públicos como bares, restaurantes, hoteles y fiestas, que es donde principalmente la población fuma.

Comentó que se prevé que la aplicación de está ley no afecte la economía del estado, ya que los comerciantes se están preparando adecuadamente para brindar un buen servicio sin infringir esta disposición. “Desde que se dio a conocer la aplicación de la Ley antitabaco se les informó a los comercios que tenían que hacer modificaciones a sus instalaciones, por lo que en Puebla muchos lugares empezaron a prepararse para la entrada en vigor de esta norma”.

Según del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), la capital del estado ocupa el segundo lugar en prevalencia de fumadores. El 25.4 por ciento de los hombres fuma y de las mujeres el 25.2 por ciento lo hace.

Según estimaciones de organismos internacionales, 4 millones de personas mueren al año por el consumo persistente del cigarro en todo el mundo, en México se estima que tienen el mismo fin 45 mil personas en un año.

La Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) restringe fumar en espacios públicos y privados cerrados, y considera multas de mil hasta 10 mil días de salario mínimo, arrestos de 36 horas, así como clausuras temporales y definitivas para las personas y los establecimientos que infrinjan la legislación.

Los puntos más importantes que esta nueva ley exige a los prestadores de bienes y servicios, destacan, por ejemplo, la disponibilidad de un espacio correctamente aislado que separe el área de fumar del área de no fumar, y que el ciudadano pueda denunciar el incumplimiento de estas medidas si considera que van en detrimento de su persona.

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