El Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN), a través
de su dirigente, Juan Carlos Mondragón Quintana, externa su absoluto rechazo
a las “omisiones” y “errores” en las que ha incurrido el Instituto Electoral del
Estado (IEE) de Puebla, respecto a la denuncia interpuesta por el PAN, el
pasado 24 de febrero.
Cabe señalar, que Acción Nacional a través de su representante ante el IEE,
Rafael Guzmán Hernández, denunció los actos de precampaña fuera de plazo
y anticipados de campaña, en los que ha incurrido el Revolucionario
Institucional y Javier López, al seguir difundiendo sus spots de precampaña a
través de espacios oficiales de radio y televisión, dándose esto, fuera del plazo
legal establecido.
Ante la difusión ilegal de dichos spots, el PAN solicitó como medida precautoria
la suspensión de dicha propaganda ilícita. Por lo que, el día 28 de febrero, ante
la contundencia de los argumentos, la Comisión de Vigilancia y Trámite de
Denuncias del IEE, acordó procedente la medida cautelar de suspender los
promocionales de precampaña de Javier López, solicitándole al órgano
electoral que si los spots seguían difundiéndose, se procedería a la suspensión
inmediata de los mismos.
Sin embargo, escudándose en un supuesto “error”, dicha instancia no integró a
tal medida el expediente completo que contiene la denuncia inicialmente
presentada, imposibilitando el inmediato actuar del Instituto Federal Electoral
(IFE) y por si fuera poco, la medida de suspensión fue notificada erróneamente
a la vocalía estatal del Registro Federal de Electores, cuando se debió hacer
del conocimiento al Secretario del Consejo General del IFE.
Los “errores” señalados, sólo contribuyen a que el tricolor y Javier López,
continúen, con toda impunidad, violando la ley electoral con la difusión de sus
spots, los cuáles debieron haber sido retirados del aire desde el pasado 20 de
febrero, fecha en la que culminó el periodo de su precampaña.
El artículo 200 Bis del Código de Instituciones y Procesos Electorales del
Estado de Puebla, apartado B, fracción segunda, señala claramente sobre las
precampañas que “su duración será en el plazo que fije la normatividad interna
del partido político correspondiente, pero en ningún momento podrán iniciar o
concluir antes de este plazo“. Por su parte, el apartado D, señala que queda
prohibido a los precandidatos “Realizar actos de precampaña electoral fuera
del plazo establecido en esta Ley y en la normatividad interna de cada partido
político”
Acción Nacional denuncia públicamente el actuar del IEE y exige cumplimiento
de la ley, a fin de garantizar la equidad de la contienda electoral.
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