IEE, ¿Verdaderamente autónomos e imparciales?
Apenas comenzó
el proceso electoral en el Estado de Puebla y algunos grupos políticos afines a
distintos partidos, ya están dentro de la estructura electoral de un instituto
que se sabe es imparcial.
¿En Verdad los
consejeros de los distintos consejos electorales serán imparciales?
¿Qué metodología
usaron para seleccionar a muchos aspirantes a los distintos consejos
electorales?
Tan solo mirando
no solo en el Instituto Electoral del Estado de Puebla, sino en el propio INE
estatal, existen afinidades y
similitudes de tener dentro de los consejos a personas que han estado operando a favor de uno u otro
partido.
¿Y como está
integrado el consejo distrital en Cholula?
¿Personajes afines
de partidos políticos, si, serviciales y serviles a la ultranza de actores políticos?
¿Dónde están los
representantes de los distintos partidos políticos?
Mientras están
en batallas campales para la elección de sus candidatos, otros ya incrustaron
personajes a modo de seguir manteniendo el poder. Tan solo mirar las listas de
quienes están dentro de los distintos órganos electorales, demuestran una
falta de tacto, de imparcialidad, de certeza y sobre todo de transparencia.
Mientras establecen
los mecanismos de reelección en tiempos y formas el IEE estableció mediante boletín
la siguiente información:
“MODIFICA IEE PLAZOS PARA
LA SEPARACIÓN DEL CARGO PÚBLICO A REELECCIÓN En acatamiento a las resoluciones
del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, identificadas como
TEEP-JDC-055/2020 y acumulados, TEEP-JDC-064/2020 y TEEP-JDC-111/2020, el
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla aprobó por
unanimidad las modificaciones a los artículos 17 y 24 del Reglamento para la
Reelección a Cargos de Elección Popular en el Estado de Puebla. El artículo 17,
establece que las y los ciudadanos que busquen la reelección, deberán separarse
del cargo público 90 días antes de la Jornada Electoral; con respecto al
artículo 24, que hace referencia a los cargos públicos electos por candidaturas
independientes, señala que las y los ciudadanos que busquen la reelección a las
Diputaciones e integrantes de los Ayuntamientos, deberán separarse 60 días
antes de la Jornada Electoral. Lo anterior con el objetivo de regir la
contienda en todo momento por el principio de equidad, así mismo se estableció
que podrán reincorporarse a sus respectivos cargos una vez concluida la etapa
de resultados electorales. En relación con la separación del cargo, también
será aplicable para todos los integrantes de la planilla, si es el caso,
siempre y cuando la intención sea la voluntad de cada ciudadana o ciudadano.”
¿Hasta cuando los institutos electorales actuarán de manera imparcial
donde sus empleados o capitales humanos actúen sin interés partidario a
verdadera democracia Mexicana?
¿Hasta cuando los partidos polìticos tendrán tantito valor y representatividad
de los que dicen, de lo que pregonan y de lo que tienen fundamentado en sus
documentos básicos?
Mientras tanto, en San Andrés se
perfilan solo Karina Perez, Edmundo
Tlatehui, Emanuel Solís, Raymundo
Cuautli, Francisco Mixcoatl, Felipe Sandoval y José Macuil.
Los que aparezcan solo serán parte de un deseo, de un fin y de un interés personal.
¿Qué cosas?
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